Bases legales concurso "RedSalud en casa"
Bases legales concurso "RedSalud en casa"
BASES LEGALES CONCURSO REDSALUD EN CASA
ARTÍCULO PRIMERO: Objeto.
Con motivo de reconocer y agradecer la preferencia de sus pacientes, Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA (en adelante, la “Organización”) realizarán un concurso para el público, a través de la realización de un sorteo en su página de Facebook, denominado “Sorteo: RedSalud en casa, regala experiencias” cuyos términos y condiciones se regulan en las presentes bases.
ARTÍCULO SEGUNDO: Contenido y mecánica.
1.- El presente instrumento detalla los aspectos concernientes al concurso a través del cual Empresas Red Salud S.A. y MegaSalud SpA sorteará 1 (un) premio, consistente en la selección de una experiencia en www.bigbox.cl equivalente en pesos a $100.000 para ser utilizado dentro de www.bigbox.cl que se encuentren a lo largo de todo Chile según disponibilidad.
2.- La forma de participar del concurso será la que se detalla a continuación:
Fechas de participación:
Concurso 2: desde el 8 al 21 de noviembre de 2021.
Mecánica de participación:
El participante deberá seguir el FanPage en Facebook de “RedSalud CChC”.
Luego deberá mencionar etiquetando a una persona en la publicación del concurso (https://www.facebook.com/photo/?fbid=576397027025576&set=a.393236008675013).
El participante tiene que comentar la publicación del concurso, al menos una vez (https://www.facebook.com/photo/?fbid=576397027025576&set=a.393236008675013) y etiquetar a la persona con la cual desea compartir este premio.
Habiéndose cumplido con las condiciones mencionadas precedentemente, será escogido aleatoriamente 1 (un) ganador, dentro de todos los participantes.
El ganador será elegido a través de una herramienta de selección automatizada, cuyo funcionamiento es aleatorio. Quien resulte ganador será notificado a través de un mensaje privado en Facebook y a través de una publicación realizada en el mismo FanPage de Facebook de “RedSalud CChC”, a realizarse el día lunes 22 de noviembre, a las 12.00 horas.
ARTÍCULO TERCERO: Premios
Dentro del período de tiempo dispuesto para la participación del concurso, las personas que cumplan con las condiciones previamente detalladas estarán participando por 1 (un) premio de $100.000 a ser utilizado en www.bigbox.cl que se encuentren a lo largo de Chile.
ARTÍCULO CUARTO: Sorteo
Entre todos los participantes que cumplan con lo establecido en el artículo segundo de este instrumento, la Organización realizará un sorteo electrónico aleatorio, en el que se seleccionará 1 (un) ganador por el concurso, el cual será notificado a través de mensaje privado de Facebook y publicado en el mismo FanPage de Facebook de “RedSalud CChC”, el día lunes 22 de noviembre de 2021, a las 12.00 horas.
El ganador tendrá como plazo máximo para contactar con la Organización, a través de la mensajería privada de Facebook, en su cuenta @RedSaludCchC, hasta el día 29 de noviembre de 2021, inclusive.
En caso que el ganador no se contacte con la Organización dentro del plazo indicado en el párrafo previo, se extinguirán las obligaciones que a la Organización le correspondiere en cuanto a la entrega del premio, y deberá declarar públicamente desierto el concurso, dando cuenta de tal hecho por el mismo medio utilizado para publicitar las presentes bases.
ARTÍCULO QUINTO: Entrega del Premio
5.1 La información para coordinar la entrega del premio será enviada por correo electrónico, por lo que quien resulte ganador deberá enviar vía mensaje privado de Facebook el nombre, RUT, email y teléfono de quien recibirá el premio, de este modo se le enviará un mail confirmando el premio y se le contactará telefónicamente para coordinar la entrega de su premio.
5.2 Cesión de premio y cancelación; suspensión o modificación del concurso
En el evento de que el respectivo ganador, por causas personales, no pudiere canjear su premio, éste podrá cederlo a un tercero de su elección, debiendo notificar a Empresas RedSalud S.A y Megasalud SpA a través de mensaje privado de Facebook en su cuenta @RedSaludCchC teniendo como fecha máxima para esta notificación el día 29 de noviembre de 2021.
En caso de que el ganador no dé aviso oportuno de esta circunstancia, no podrá ceder su premio y tendrá como fecha máxima para reclamar el mismo hasta el día 29 de noviembre de 2021.
5.3 Cuando circunstancias ajenas y no imputables a Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA no previstas en estas bases, lo justificare, se podrá cancelar, suspender o modificar el concurso y/o entrega del premio. Dicha circunstancia deberá ser notificada al público a través de las Redes Sociales.
ARTÍCULO SEXTO: Duración y extensión territorial
6.1 La vigencia del concurso será desde el 8 de noviembre hasta el 21 de noviembre 2021 a las 23:59 horas. El sorteo se realizará el día 22 de noviembre a las 12:00 horas.
6.2 La vigencia del cobro del premio será hasta el día 29 de noviembre 2021, inclusive.
6.3 El concurso es válido para todas las personas que habiten en Chile.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones
7.1 Se podrá participar siendo únicamente persona natural con domicilio en el territorio chileno que vivan dentro de las regiones indicadas en el punto 6.2 de las presentes bases. El participante deberá tener 18 años o más, al momento del sorteo.
7.2 El ganador no podrá exigir su premio en dinero.
7.3 Todo gasto en que incurra el ganador del premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega será de su exclusiva responsabilidad y costo.
7.4 No se costeará ningún tipo de movilización para el ganador del premio.
7.5 Será responsabilidad del ganador los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar ellos premios que reciban al uso, goce y destino al que naturalmente le correspondan.
ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones.
Quedarán excluidos de participar del concurso:
8.1 Accionistas o socios que tengan participación igual o superior al 10% (diez por ciento) del capital social, directores, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes a Empresas Red Salud S.A., el personal de sala de sus establecimientos médicos y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del concurso si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o a la Organización, con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso.
8.2 Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución del presente concurso.
8.3 Conforme a lo dispuesto en las políticas de promociones vigentes para Facebook, debe tenerse en cuenta que:
8.3.1 Facebook no patrocina, avala ni administra en modo alguno este concurso, ni está asociado a aquél.
8.3.2 La información facilitada por los participantes en el marco del presente concurso será exclusivamente gestionada por Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA (no por Facebook), conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente “Privacidad y Protección de Datos Personales”.
8.4. El ganadorLos ganadores, mediante la aceptación de estas bases, autorizan expresamente a Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA la cesión de sus datos personales (incluidos imagen) con la única finalidad de realizar las acciones promocionales que considere adecuadas, utilizando y difundiendo sólo con tales fines los datos del ganador (nombre, fotografía del ganador en la web o cualquier otro medio de comunicación o publicidad, así como en las redes sociales de Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA), sin que ésta esté obligada a realizar ningún tipo de pago, indemnización o compensación económica alguna por ello, ahora o a futuro.
ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones Finales
9.1 Conocimiento de las bases del sorteo: Se entenderá que toda persona que participe en el sorteo ha conocido íntegramente estas bases y voluntaria y libremente ha decidido participar; y aceptará recibir a futuro información de Empresas RedSalud y Megasalud SpA si nos ha entregado sus datos de contacto.
9.2 Cantidad de productos disponibles al sorteo (stock): En caso de que con ocasión del sorteo se indique un número determinado de bienes o servicios en sorteo, se deja constancia que dicho número es la cantidad que la Organización pondrá, por sí o por encargo de terceros, a disposición de los consumidores durante la vigencia del sorteo.
La referida cantidad de bienes o servicios sorteados ha sido establecida previamente por la Organización en base a una estimación esperada de participación por parte de los consumidores en el sorteo. Por lo tanto, la Organización se compromete a poner a disposición de los consumidores, durante la vigencia del sorteo, el número total de bienes o servicios que indique con ocasión del sorteo, pero en ningún caso se hará responsable ni asumirá ningún deber en relación a la adquisición y/o canje efectivo que pueda existir de los bienes o servicios sorteados por parte de los consumidores durante la vigencia de éste.
En consecuencia, si los bienes o servicios sorteados son adquiridos y/o canjeados en un número inferior al previsto, la Organización dispondrá del remanente, de haber alguno, de la manera que estime conveniente al finalizar el sorteo. Si, por el contrario, los consumidores adquieran y/o canjearán todos los bienes o servicios en sorteo en una fecha anterior a la de término del sorteo, éste terminará al momento de agotarse el stock de bienes y servicios en sorteo indicado.
9.3 Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del sorteo, la Organización podrá modificar su duración, lugar, fechas del sorteo, premios, características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases.
9.4 Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el sorteo, incluyendo entre ellas, la falsificación o adulteración de datos, sin limitarla.
DECLARACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DEL CONCURSO “REDSALUD EN CASA”.
En virtud de la facultad conferida en el artículo noveno, numeral 9.3. de las bases publicadas en el sitio web https://www.redsalud.cl/acerca-de-redsalud/noticias/bases- legales-concurso-redsalud-en-casa , la Organización ha decidido sortear 2 (dos) premios de $100.000 cada uno a ser utilizados en www.bigbox.cl que se encuentren a lo largo de Chile y no 1 (un) premio, seleccionando aleatoriamente a 2 (dos) ganadores y no a 1 (un)
ganador, como se encontraba originalmente contemplado en las referidas bases.
En este contexto, cada vez que en las bases mencionadas se refiera al ganador en forma singular, debe ser entendido en forma plural.
Finalmente, la Organización deja constancia que todas las demás condiciones reguladas en las bases señaladas y que no han sido modificadas por este documento, se mantienen inalterables.