Bases legales concurso "RedSalud Educa" septiembre 2022

Bases legales concurso "RedSalud Educa" septiembre 2022
BASES LEGALES CONCURSO “REDSALUD EDUCA”
En Santiago de Chile, a 26 de septiembre de 2022, Empresas Red Salud S.A., rol único tributario N° 76.020.458-7 y Megasalud SpA, rol único tributario N° 96.942.400-2, todos con domicilio en Avenida Los Conquistadores N° 1730, piso 15, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante “RED SALUD” o la “Organización”, viene en establecer las siguientes Bases Legales de Concurso “REDSALUD EDUCA”, en adelante las “Bases”.
ARTÍCULO PRIMERO: Objeto de las Bases.
Con motivo de reconocer y agradecer la preferencia de sus pacientes, RED SALUD realizará un concurso para el público, a través de la realización de un sorteo durante la transmisión en vivo acerca de “Embarazo y parto: las ventajas del parto vaginal”, en su cuenta de Facebook cuyos términos y condiciones se regulan en las presentes bases.
ARTÍCULO SEGUNDO: Contenido y mecánica.
2.1. El presente instrumento detalla los aspectos concernientes al concurso a través del cual Empresas Red Salud S.A. y Megasalud SpA sorteará 1 (uno) premio, consistente en un set de pañales para recién nacidos (Merries).
2.2. La forma de participar del concurso será la que se detalla a continuación:
Fechas de participación: Durante la transmisión en vivo del día miércoles 28 de septiembre de 2022, entre 19:30 y 20:30 horas.
Mecánica de participación: El participante deberá seguir la página de Facebook de “RedSalud CChC”, y estar conectado a la transmisión en vivo por esa plataforma al momento del sorteo.
2.3. Habiéndose cumplido con las condiciones mencionadas precedentemente, serán escogidos aleatoriamente 1 (uno) ganador, dentro de todos los conectados a la transmisión en vivo.
El ganador será elegido de manera aleatoria e imparcial. De esta forma, quien resulte ganador será mencionado durante la transmisión en vivo, y notificado a través de Facebook, el día jueves 29 de septiembre de 2022, después de la transmisión.
ARTÍCULO TERCERO: Premios.
Dentro del período de tiempo dispuesto para la participación del Concurso, las personas que cumplan con las condiciones previamente detalladas en el artículo segundo de este instrumento, estarán participando por 1 (uno) set de pañales marca Merries.
Se deja constancia que serán sorteados un total de 1 (uno) set de productos (Merries).
ARTÍCULO CUARTO: Sorteo
Entre todos los participantes que cumplan con lo establecido en el artículo segundo de este instrumento, la Organización realizará un sorteo aleatorio e imparcial, en el que se seleccionará 1 (uno) ganador por el Concurso, el cual será mencionado durante la transmisión en vivo y notificado a través de mensaje privado de Facebook, el día jueves 29 de septiembre de 2022, después de la transmisión en vivo.
El ganador tendrá como plazo máximo para contactar con la Organización, a través de la mensajería privada de Facebook, en su cuenta @RedSaludCchC, hasta el miércoles 5 de octubre de 2022.
En caso de que el ganador no se contacte con RED SALUD dentro del plazo indicado en el párrafo precedente, se extinguirán las obligaciones que a la Organización le correspondiere en cuanto a la entrega del premio, y se encontrará facultado para declarar públicamente desierto el Concurso, donde podrá dar cuenta de tal hecho por el mismo medio utilizado para publicitar las presentes Bases o por otro medio de su preferencia.
ARTÍCULO QUINTO: Entrega del Premio.
5.1. Una vez realizada la confirmación señalada en el artículo cuarto anterior, la Organización tomará contacto con el ganador para solicitarle que envíe su información de contacto, esto es, nombre completo, cédula de identidad, correo electrónico y teléfono para efectos de coordinar la entrega del premio por parte de la marca Merries.
Con todo, queda expresamente establecido que en los casos que resulte necesario, la marca Merries asumirá los costos de envío y/o transporte del premio, quien declara aceptar que RedSalud no asumirá dichos costos en ningún caso.
5.2. Cesión de premio y cancelación; suspensión o modificación del concurso.
En el evento de que el respectivo ganador, por causas personales, no pudiere canjear su premio, éste podrá cederlo a un tercero de su elección, debiendo notificar a Empresas RedSalud S.A y Megasalud SpA a través de mensaje privado de Facebook en su cuenta @RedSaludCchC teniendo como fecha máxima para esta notificación el día miércoles 5 de octubre de 2022.
En caso de que el ganador no dé aviso oportuno de esta circunstancia, no podrá ceder su premio y tendrá como fecha máxima para reclamar el mismo hasta el día miércoles 5 de octubre de 2022.
5.3 Cuando circunstancias ajenas y no imputables a Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA no previstas en estas Bases, lo justificare, se podrá cancelar, suspender o modificar el concurso y/o entrega del premio. Dicha circunstancia será notificada al público a través de las redes sociales por las cuales fue organizado el Concurso (Facebook), sin perjuicio de otras que designe la Organización para dichos efectos.
ARTÍCULO SEXTO: Duración y extensión territorial.
6.1. La vigencia del concurso será durante la transmisión en vivo por redes sociales (Facebook) de RED SALUD, del 28 de septiembre de 2022 entre 19:30 horas y 20:30 horas. Asimismo, el sorteo se realizará el día 28 de septiembre durante la transmisión en vivo.
6.2. De conformidad a lo establecido en el artículo quinto de estas Bases, la vigencia del cobro del premio será hasta el día 5 de octubre de 2022, inclusive.
6.3. El concurso es válido para todas las personas que habiten en Chile.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones.
7.1. Se podrá participar siendo únicamente persona natural con domicilio o residencia en el territorio chileno, El participante deberá tener cumplidos 18 años de edad o más, al momento del sorteo.
7.2. El ganador no podrá exigir su premio en dinero o en otros tipos bienes, descuentos, o cualquier forma alternativa que pudiere existir.
7.3. Todo gasto en que incurra el ganador del premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega será de su exclusiva responsabilidad y costo.
7.4. Será responsabilidad de cada ganador utilizar, aplicar y/o destinar el premio que reciba al uso, goce y destino al que naturalmente le correspondan.
ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones.
Quedarán excluidos de participar del concurso:
8.1 Accionistas o socios que tengan participación igual o superior al 10% (diez por ciento) del capital social, directores, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes a Empresas Red Salud S.A., el personal de sala de sus establecimientos médicos y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del Concurso si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o a la Organización, con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso.
8.2 Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución del presente Concurso.
8.3 Conforme a lo dispuesto en las políticas de promociones vigentes para Facebook, debe tenerse en cuenta que:
8.3.1. Facebook no patrocina, avala ni administra en modo alguno este Concurso, ni está asociado a aquél.
8.3.2. La información facilitada por los participantes en el marco del presente Concurso será exclusivamente gestionada por Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA (no por Facebook), conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente “Privacidad y Protección de Datos Personales”.
8.4. El ganador mediante la aceptación de estas bases, autorizan expresamente a Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA la cesión de sus datos personales (incluidos imagen) con la única finalidad de realizar las acciones promocionales que considere adecuadas, utilizando y difundiendo sólo con tales fines los datos del ganador (nombre, fotografía del ganador en la web o cualquier otro medio de comunicación o publicidad, así como en las redes sociales de Empresas Red Salud S.A y Megasalud SpA), sin que ésta esté obligada a realizar ningún tipo de pago, indemnización o compensación económica alguna por ello, ahora o a futuro.
ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones Finales.
9.1. Conocimiento de las bases del sorteo: Se entenderá que toda persona que participe en el sorteo ha conocido íntegramente estas Bases y voluntaria y libremente ha decidido participar; y aceptará recibir a futuro información de Empresas RedSalud S.A. y Megasalud SpA si ha entregado sus datos de contacto.
Los participantes eximen de toda responsabilidad y expresamente renuncian a cualquier derecho o acción que eventualmente y de acuerdo a cualquier legislación correspondieren a ellos, a sus representantes legales y a sus herederos o causahabientes, contra RED SALUD y/o cualquier sociedad relacionada a ella, con motivo de su participación en el Concurso, o bien, del premio que eventualmente pudieren ganar.
9.2. Cantidad de productos disponibles al sorteo (stock): En caso de que con ocasión del sorteo se indique un número determinado de bienes o servicios en sorteo, se deja constancia que dicho número es la cantidad que la Organización pondrá, por sí o por encargo de terceros, a disposición de los participantes durante la vigencia del sorteo.
La referida cantidad de bienes o servicios sorteados ha sido establecida previamente por la Organización en base a una estimación esperada de participación por parte de los concursantes en el sorteo. Por lo tanto, la Organización se compromete a poner a disposición de los participantes, durante la vigencia del sorteo, el número total de bienes o servicios que indique con ocasión del sorteo, pero en ningún caso se hará responsable ni asumirá ningún deber en relación a la adquisición y/o canje efectivo que pueda existir de los bienes o servicios sorteados por parte de los participantes durante la vigencia de éste.
En consecuencia, si los bienes o servicios sorteados son adquiridos y/o canjeados en un número inferior al previsto, la Organización dispondrá del remanente, de haber alguno, de la manera que estime conveniente al finalizar el sorteo. Si, por el contrario, los participantes adquieren y/o canjean todos los bienes o servicios en sorteo en una fecha anterior a la de término del sorteo, éste terminará al momento de agotarse el stock de bienes y servicios en sorteo indicado.
9.3. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del sorteo, la Organización podrá modificar su duración, lugar, fechas del sorteo, premios, características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes Bases.
9.4. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el sorteo, incluyendo entre ellas, la falsificación o adulteración de datos, sin limitarla.
ARTÍCULO DÉCIMO: Tratamiento de datos personales y derechos de uso de imagen.
10.1. Cada uno de los participantes del presente Concurso autoriza expresamente que los datos personales que entregue con ocasión de este Concurso, incluida su imagen, sean tratados por RED SALUD exclusivamente para llevar a cabo este Concurso y con la única finalidad de preparar, implementar, promocionar y ofrecer productos relacionado a su giro y remitir la información correspondiente al participante y realizar las acciones promocionales que considere adecuadas.
10.2. Adicionalmente, aquellos participantes que completen el formulario de concurso a través del link: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScSzS6tBb9xm4FAna04jlJJUFbVmJfq0BSqpGhwBxEnZw9DDA/viewform y que hubieren marcado la opción “Sí acepto”, autorizan expresamente que los datos entregados, sean tratados por RED SALUD y MERRIES exclusivamente para recibir en su casilla de correo electrónico registrada, newsletter, promociones y/o descuentos asociados a dichas marcas.
10.3. En todo momento los participantes podrán revocar su autorización, en conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. Para ejercer estos derechos respecto de RED SALUD, deberán enviar un correo electrónico a marketing.redsalud@redsalud.cl solicitando “dar de baja” dicha suscripción, sin necesidad de justificación de causa. Asimismo, respecto de MERRIES, deberán enviar un correo electrónico a marketing@besthouse.cl solicitando “dar de baja” la suscripción, sin necesidad de justificación de causa.
10.4. Sin perjuicio de lo anterior, en todo momento los participantes podrán solicitar la suspensión de comunicaciones promocionales o publicitarias tanto de RED SALUD y MERRIES, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 B de la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores. Dicha solicitud, deberá realizarse al siguiente correo electrónico de RED SALUD marketing.redsalud@redsalud.cl; y al correo electrónico de MERRIES marketing@besthouse.cl