BASES LEGALES CONCURSO “Participa en la corrida The Color Run”

BASES LEGALES CONCURSO “Participa en la corrida The Color Run”
ARTÍCULO PRIMERO: Objeto y vigencia.
El objeto del concurso es premiar a los pacientes más activos en redes sociales y email marketing de RedSalud con una actividad masiva y saludable, acercándolos a nuestro propósito como Red.
Para ello Empresas Red Salud S.A., en adelante “Red Salud”, realizará un concurso que permitirá a aquellos pacientes que cumplan los requisitos indicados en el artículo segundo, participar en sorteos de los premios consignados en el artículo tercero.
La promoción tendrá por período de vigencia desde el 5 de febrero de 2025 hasta el 12 de febrero hasta las 23:59 de 2025, en diferentes medios con distintos plazos.
ARTÍCULO SEGUNDO: Requisitos para participar.
Requisitos para concurso por red social Instagram
a) Ser persona natural con domicilio en Chile Continental.
b) Tener 18 años o más.
c) Seguir nuestra cuenta de Instagram @redsaludcchc
d) Dejar en un comentario en la publicación con quién irías a la corrida (mencionarla)
e) Compartir la publicación con esa persona
Requisitos para concurso por e-mail marketing
a) Ser persona natural con domicilio en Chile Continental.
b) Tener 18 años o más.
c) Estar en la lista de contactos a la cual se le enviará el correo electrónico
d) Actualizar los datos solicitados: nombre-apellido-rut-correo electrónico-teléfono.
e) Enviar el formulario.
f) Los datos de este formulario se alojan en un sheet que pertenece a la nube de Google Suite de RedSalud.
ARTÍCULO TERCERO: Premios y sorteos.
El concurso consta de sortear 10 kits para la corrida The Color Run que se realizará el domingo 16 de febrero de 2025 a las 8:30 am en el Estadio Municipal de Concón, región de Valparaíso.
El kit contempla: una pulsera que equivale a una entrada a la corrida, una polera oficial de la corrida, un sachet de polvo de color aleatorio y un morral.
Tanto para el sorteo por la red social instagram y la campaña de e-mail marketing se considerará a un total de 1 ganador por cada kit, es decir habrán 10 ganadores en total: 5 por el concurso de instagram y 5 por el concurso de email marketing.
Los premios que se consideran para cada concurso son:
Instagram: 3 entradas dobles (equivalente a 6 kits)
E-Mail Marketing: 2 entradas dobles (equivalente a 4 kits).
ARTÍCULO CUARTO: Realización de los sorteos.
Tanto para el sorteo en la red social Instagram como por e-mail marketing RedSalud realizará el sorteo a través de una herramienta digital que permitirá cargar la base de pacientes que cumple con las condiciones del concurso y entre estos el sistema seleccionará a cada ganador a través de una selección aleatoria.
ARTÍCULO QUINTO: Entrega del Premio.
Ganadores red social Instagram:
El concurso vía instagram se realizará entre el 05 y 12 de febrero de 2025, cerrándose las inscripciones el día 12 de febrero a las 23:59.
Todos los ganadores serán notificados a su instagram por un mensaje directo (DM) desde la administración de la cuenta de RedSalud.
Además el jueves 13 de febrero se publicarán los ganadores en el mismo instagram.
Ganadores e-mail marketing:
El concurso vía email marketing se realizará entre el 07 y el 09 de febrero de 2025, cerrándose las inscripciones el día 10 de febrero a las 00:00.
Todos los ganadores serán notificados a través del correo electrónico registrado en el formulario que actualizaron. Junto a ello serán contactados por el teléfono también registrado en el formulario.
Una vez realizada la notificación de parte de RedSalud a los ganadores, tanto vía instagram como e-mail, estos tendrán un plazo máximo de 24 hrs. para dar respuesta, confirmando acuse de recibo de la notificación de ganador. Solo con la confirmación de parte del ganador, en el plazo referido previamente, RedSalud hará el envío del respectivo premio, a través del envío de código QR, para que los participantes puedan retirar presencialmente el kit, entre el 11 de febrero y 15 de febrero en el Mall Marina Arauco de Viña del Mar.
Con todo y en caso que los ganadores, no acusen recibo de la notificación de ganador, en el plazo de 24 horas contadas desde la notificación realizada por RedSalud vía ig o e-mail, de acuerdo a lo indicado precedente, se extinguirán las obligaciones de RedSalud respecto de ellos, pudiendo declararse sin efecto el concurso respecto de dichos participantes, atendido que no cumplieron con lo dispuesto en las presentes bases y volver a realizar el o los sorteos que correspondan.
ARTÍCULO SEXTO: Restricciones.
a) El ganador no podrá exigir su premio en dinero.
b) Todo gasto en que incurra el ganador del premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega será de su exclusiva responsabilidad y costo.
c) No se costeará ningún tipo de movilización para ninguno de los ganadores.
d) Será responsabilidad de los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar los premios que reciban al uso, goce y destino al que naturalmente le correspondan.
e) Los ganadores del concurso por redes sociales no podrán ser ganadores del concurso por correo electrónico.
f) Cuando circunstancias ajenas y no imputables a Empresas Red Salud S.A., no previstas en estas bases, lo justificaren, se podrá cancelar, suspender o modificar el concurso y/o entrega del premio. Dicha circunstancia deberá ser notificada al público a través de la Página Web de RedSalud. En ese sentido y a propósito de eventuales modificaciones, siempre que no importen una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del sorteo, RedSalud podrá modificar su duración, lugar, fechas del sorteo, premios, características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Exclusiones.
Quedarán excluidos de participar del concurso:
a)Accionistas o socios que tengan participación igual o superior al 10% (diez por ciento) del capital social, directores, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes a Empresas Red Salud S.A., colaboradores (trabajadores y prestadores de servicio) de Red Salud, el personal de sala de sus establecimientos médicos y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del concurso si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o a Red Salud, con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso. Esta exclusión se extiende también a los cónyuges, ascendientes o descendientes, colaterales por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de las personas antes señaladas.
b) Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución del presente concurso.
ARTÍCULO OCTAVO: Tratamiento de Datos Personales y Derechos de uso de Imagen.
Cada uno de los participantes del presente Concurso autoriza expresamente que los datos personales que entregue con ocasión de este Concurso (incluida su imagen) sean tratados por Empresas Red Salud S.A. exclusivamente para llevar a cabo este Concurso y con la única finalidad de preparar, implementar, promocionar y ofrecer productos relacionado a su giro y remitir la información correspondiente al participante y realizar las acciones promocionales que considere adecuadas, utilizando y difundiendo sólo con tales fines los datos del ganador (nombre, fotografía del ganador en la web o cualquier otro medio de comunicación o publicidad, así como en las redes sociales de Empresas Red Salud S.A.), sin que por ninguna de éstas acciones, esté obligada a realizar ningún tipo de pago, indemnización o compensación económica alguna por ello, ahora o a futuro.
En todo momento los participantes podrán revocar su autorización, en conformidad a lo dispuesto por la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada. Para ejercer estos derechos deberán enviar un correo electrónico a marketing.redsalud@redsalud.cl.
Del mismo modo, los participantes pueden solicitar la suspensión de comunicaciones promocionales o publicitarias, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 B del DFL N°3 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores. Dicha solicitud, deberá realizarse al siguiente correo electrónico: marketing.redsalud@redsalud.cl.
ARTÍCULO NOVENO: Reserva de Acciones.
Red Salud se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el sorteo, incluyendo entre ellas, la falsificación o adulteración de datos, sin limitarla.
ARTÍCULO DÉCIMO: Conocimiento y aceptación de las bases del concurso.
Se entenderá que toda persona que participe en el sorteo ha conocido íntegramente estas bases y voluntaria y libremente ha decidido participar y aceptará recibir a futuro información de Empresas Red Salud S.A. si ha entregado sus datos de contacto, teniendo presente en todo caso lo dispuesto en las presentes bases.