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Garantías Explícitas de Salud (GES)

El plan de Garantías Explícitas de Salud (GES) son cuatro garantías de salud que desde el Ministerio de Salud (Minsal) fueron creadas para otorgarle a los pacientes un derecho establecido por ley para asegurar el acceso a una atención, oportunidad, con calidad y protección financiera, a cualquier persona beneficiaria de Fonasa o Isapres.

Esto abarca a todas las personas en todas sus etapas de la vida, desde el nacimiento prematuro hasta la etapa final de la vida, donde se pudiesen necesitar tratamientos para diferentes enfermedades, cuidados paliativos y alivio del dolor.

 

Actualmente, el GES cubre 87 problemas de salud (PS), los cuales están definidos dentro de la ley N° 19.966. Dentro de los PS destacan patologías de origen oncológico (cáncer) y otras de origen no oncológico como:

 

  • Patologías crónicas.
  • Urgencias
  • Preventivas.
  • Patologías dentales.
  • Patologías presentadas durante el embarazo.
  • Enfermedades o dolencias en niños y adultos mayores, entre otras.

 

Sin embargo, solo podrás atenderte en el conjunto de prestadores que tu previsión de salud disponga para estos fines.

¿Cuáles son los beneficios del GES?

Al acogerte a este plan de garantías, pagarás sólo el copago de las prestaciones asociadas al problema de salud por el que te estás atendiendo:

 

0% afiliados de Fonasa Grupos A y B; 10% Fonasa Grupo C, y 20% Fonasa Grupo D y afiliados a Isapres.

 

Hay que tener claro que, las Garantías Explícitas de Salud, no significa gratuidad en todos los tramos Fonasa ni para las Isapres, pero si valores preferentes para las prestaciones que han sido definidas dentro de un grupo o canasta, creada y validada por un grupo de expertos del Minsal.

 

Estas especies de canastas están definidas y validadas, y se van activando a medida que se va avanzando en las etapas claves desde el diagnóstico.

 

Por ejemplo:

 

  • Confirmación del diagnóstico.
  • Tratamiento.
  • Seguimiento o rehabilitación
     

Todo dependiendo del problema de salud al que corresponda. Así se da cumplimiento al pilar de protección financiera.

Entonces, ¿Qué paga el paciente que su enfermedad está dentro del GES?

Lo que paga el beneficiario es un copago, es decir, del monto real del servicio o prestación que necesita, solamente paga la diferencia que queda después de que apliquen los descuentos de Fonasa e Isapres.

¿Qué garantías ofrece el GES?

Garantía explícita de acceso: Fonasa y las Isapres tienen la obligación de asegurar las prestaciones de salud.

 

Garantía explícita de calidad: se te garantiza la atención de salud por un prestador registrado o acreditado.

 

Garantía explícita de oportunidad: dentro de un plazo máximo se otorgarán las prestaciones de salud garantizadas, en las etapas de diagnóstico, tratamiento y seguimiento.

 

Garantía explícita de protección financiera: es la contribución, pago o copago máximo que deberás efectuar por prestación o grupo de prestaciones, teniendo en consideración el monto de tus ingresos.

¿Quiénes pueden acceder al GES?

Una vez que el médico (independientemente de si es parte del sistema público o privado) diagnostica algún problema de salud que está dentro de las 87 patologías GES, te informará si cumples con los requisitos para acceder al beneficio.

 

Tras ser informado, el paciente es libre de activar o rechazar el beneficio GES, pero si desea hacerlo debe tener presente que debe hacerlo él o su familia, ya que la notificación no automatiza la activación del beneficio.

    Este procedimiento se realiza a través del “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, el cual se te entregará por escrito al momento de informarte que tu diagnóstico está incluido en estas garantías.

     

    En el caso de Fonasa, la puerta de entrada a la activación del beneficio GES es llevando el documento de notificación al consultorio relacionado a su domicilio. Es muy importante tener actualizada tu dirección.

     

    Luego de la activación, serás derivado a la primera consulta con su médico GES en la red de prestadores del sistema público.

     

    En el caso de Isapres, debes acercarte a la que te encuentras afiliado. Al llevar el documento de notificación GES, ellos le indicarán qué centros de salud pertenecen a su red de prestadores GES y serás derivado a esa clínica o centro médico, para que pueda tener la primera consulta con su médico GES.

     

    En este escenario, el paciente también puede elegir el prestador de su preferencia dentro de la Red GES de su Isapre.

     

    Cabe destacar que si el médico que lo notificó no es informado a su Isapre como Staff GES, se le asignará uno que esté acreditado GES y que le permita mantener los beneficios.

    Puedes revisar toda la información en el sitio web de la Superintendencia de Salud 

    www.supersalud.cl


     

    01. Enfermedad renal crónica etapa 4 y 5
    02. Cardiopatías congénitas operables en menores de 15 años
    03. Cáncer cérvico-uterino
    04. Alivio del dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado
    05. Infarto agudo del miocardio
    06. Diabetes Mellitus tipo I
    07. Diabetes Mellitus tipo II
    08. Cáncer de mama en personas de 15 años y más
    09. Disrafias espinales
    10. Tratamiento quirúrgico de escoliosis en personas menores de 25 años
    11. Tratamiento quirúrgico de cataratas
    12. Endoprótesis total de cadera en personas de 65 años y más con artrosis de cadera con limitación funcional severa
    13. Fisura Labiopalatina
    14. Cáncer en personas menores de 15 años
    15. Esquizofrenia
    16. Cáncer de testículo en personas de 15 años y más
    17. Linfomas en personas de 15 años y más
    18. Síndrome de la inmunodeficiencia adquirida VIH/SIDA
    19. Infección respiratoria aguda (IRA) de manejo ambulatorio en personas menores de 5 años
    20. Neumonia adquirida en la comunidad de manejo ambulatorio en personas de 65 años y más
    21. Hipertensión arterial primaria o esencial en personas de 15 años y más
    22. Epilepsia no refractaria en personas desde 1 año y menores de 15 años
    23. Salud oral integral para niños y niñas de 6 años
    24. Prevención de parto prematuro
    25. Trastornos de generación del impulso y conducción en personas de 15 años y más, que requieren marcapaso
    26. Colecistectomía preventiva del cáncer de vesícula en personas de 35 a 49 años
    27. Cáncer gástrico
    28. Cáncer de próstata en personas de 15 años y más
    29. Vicios de refracción en personas de 65 años y más
    30. Estrabismo en personas menores de 9 años
    31. Retinopatía diabética
    32. Desprendimiento de retina regmatógeno no traumático
    33. Hemofilia
    34. Depresión en personas de 15 años y más
    35. Tratamiento de la hiperplasia benigna de la próstata en personas sintomáticas
    36. Órtesis (o ayudas técnicas) para personas de 65 años y más
    37. Accidente cerebrovascular isquémico en personas de 15 años y más
    38. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica de tratamiento ambulatorio
    39. Asma bronquial moderada y grave en menores de 15 años
    40. Síndrome de dificultad respiratoria en el recién nacido
    41. Tratamiento médico en personas de 55 años y más con artrosis de cadera y/o rodilla, leve o moderada
    42. Hemorragia subaracnoidea secundaria a ruptura de aneurismas cerebrales
    43. Tumores primarios del sistema nervioso central en personas de 15 años y más
    44. Tratamiento quirúrgico de hernia del núcleo pulposo lumbar
    45. Leucemia en personas de 15 años y más
    46. Urgencia odontológica ambulatoria
    47. Salud oral integral del adulto de 60 años
    48. Politraumatizado grave
    49. Traumatismo cráneo encefálico moderado o grave
    50. Trauma ocular grave
    51. Fibrosis quística
    52. Artritis reumatoidea
    53. Consumo perjudicial o dependencia de riesgo bajo a moderado de alcohol y drogas en personas menores de 20 años
    54. Analgesia del parto
    55. Gran quemado
    56. Hipoacusia bilateral en personas de 65 años y más que requieren uso de audífono
    57. Retinopatía del prematuro
    58. Displasia broncopulmonar del prematuro
    59. Hipoacusia neurosensorial bilateral del prematuro
    60. Epilepsia no refractaria en personas de 15 años y más
    61. Asma bronquial en personas de 15 años y más
    62. Enfermedad de parkinson
    63. Artritis idiopática juvenil
    64. Prevención secundaria enfermedad renal crónica terminal
    65. Displasia luxante de caderas
    66. Salud oral integral de la embarazada
    67. Esclerosis múltiple remitente recurrente
    68. Hepatitis crónica por virus hepatitis B
    69. Hepatitis C
    70. Cáncer colorectal en personas de 15 años y más
    71. Cáncer de ovario epitelial
    72. Cáncer vesical en personas de 15 años y más
    73. Osteosarcoma en personas de 15 años y más
    74. Tratamiento quirúrgico de lesiones crónicas de la válvula aórtica en personas de 15 años y más
    75. Trastorno bipolar en personas de 15 años y más
    76. Hipotiroidismo en personas de 15 años y más
    77. Tratamiento de hipoacusia moderada en menores de 2 años
    78. Lupus eritematoso sistémico
    79. Tratamiento quirúrgico de lesiones crónicas de las válvulas mitral y tricuspide en personas de 15 años y más
    80. Tratamiento de erradicación del helicobacter pylori
    81. Cáncer de Pulmón en personas de 15 años y más
    82. Cáncer de Tiroides diferenciado y medular en personas de 15 años
    83. Cáncer Renal en personas de 15 años y más
    84. Mieloma Múltiple en personas de 15 años y más
    85. Enfermedad de Alzheimer y otras demencias

    86.Atención integral de salud en agresión sexual aguda
    87.Rehabilitación sars cov-2

    RedSalud y GES

    En RedSalud tenemos convenio con Fonasa para resolver problemas de salud GES, cuando estos no han sido resueltos en el tiempo asegurado por Ley en el sistema público de salud.

     

    En estos casos, los pacientes presentan un reclamo a Fonasa, quien deriva a una institución privada al paciente para que pueda dar solución, de ser factible, al problema de salud GES que presenta.

     

    Hay que dejar en claro, que para que el beneficiario Fonasa pueda tratarse en el sistema privado con los beneficios GES, debe ser derivado a través del Fonasa/hospital.  De llegar a la Clínica sin derivación, se considerará su ingreso como modalidad libre elección o particular, no quedando activos los beneficios de las Garantías Explícitas de Salud.

     

    El paciente pierde el beneficio GES solamente si la Isapre le informa el cierre del beneficio. Pero el paciente puede rechazar atenciones en un momento específico y continuar con su tratamiento más adelante.